INFORMACIÓN RENDICIONES CONTABLES 

Plazo para presentar las rendiciones contables de los Subsidios a Proyectos de Investigación correspondientes las siguientes convocatorias:

CONVOCATORIA LÍNEA PLAZO DE EJECUCIÓN FACTURAS FECHA DE ENVÍO POR WEKE DE RENDICIÓN CONTABLE
2018 Consolidar (6º cuota)  “Subsidios a Proyectos Consolidar 2018 – Cuota Extra 2023” 01/01/2023 al 29/09/2023 Viernes 6 de octubre
2020 Estimular y Formar (4º cuota) “Subsidios a Proyectos Formar y Estimular 2020 – Cuota Extra 2023” 01/01/2023 al 29/09/2023 Viernes 6 de octubre

Los Titulares responsables deberán ingresar al sistema weke para cargar los comprobantes de gastos según la línea que corresponda:

-Subsidios a Proyectos Consolidar 2018 – Cuota Extra 2023”

-“Subsidios a Proyectos Formar y Estimular 2020 – Cuota Extra 2023”

  1. Efectuar la carga de comprobantes según el rubro que corresponda (fechas de comprobantes 1/01/2023 al 29/09/2023).
  2. Adjuntar los comprobantes respaldatorios.
  3. Verificar que se haya rendido por la totalidad,  y de existir un remanente, cargar la devolución correspondiente en weke.
  4. Efectuar la donación de bs. Patrimoniales (equipamiento y bibliografía) cuando correspondan.
  5. Una vez concluida la carga, efectuar el envío de la rendición por dicho sistema.

 Podrán ser facturas, recibos electrónicos tipo “B” o “C” o tickets fiscales originales y debidamente conformados de acuerdo a normativa vigente de AFIP. Serán aceptadas las Facturas tipo A debiendo cargar el importe del comprobante NETO sin el componente de IVA, pues el mismo, luego puede ser tomado como crédito fiscal.

  • Estar emitidos a nombre del IR o de algún integrante del equipo de investigación consignado en el cuerpo del comprobante: “SUBSIDIO SECYT”.
  • En caso de que sean entidades exentas de emitir comprobantes Ej. ONG, deberán adjuntar un recibo de la misma.
  • El IR puede adjuntar nota, en concepto de declaración jurada, aclarando algún concepto en particular.
  • Los comprobantes que se adjunten deben ser legibles a fin de posibilitar el control posterior.

     Compras compartidas: podrán realizarse compras con fondos de distintos subsidios adjuntando copia de la factura y un acta con el siguiente detalle:

–          descripción de la compra realizada, proyectos participantes, importe aportado por cada uno, importe total, firma de todos los IR participantes

–          indicación del proyecto en que se rendirá la factura original.

  • Compras en moneda extranjera: se deberá adjuntar una constancia del tipo de cambio oficial correspondiente a la fecha de compra, de no contar con la misma, podrá tomarse la que figura en la página del Banco de la Nación Argentina (tipo de cambio vendedor, fecha del comprobante)
  • No será elegible, bajo ningún concepto, la rendición del Impuesto País según Ley N° 27541 pues puede ser computado como cred. Fiscal en el año fiscal siguiente.-
  • Las UA o Titulares  deberán resguardar la documentación original respaldatoria de los gastos realizados (Documentación de Rendición) por el término de 10 (DIEZ) años contados a partir de la presentación de la rendición conforme lo dispone el artículo 1) inc. g del Decreto 225/07.
  • Los comprobantes del subsidio NO podrán tomarse para beneficios impositivos personales.-
  • De acuerdo a lo establecido en la RR N° 193/06 y Resolución SeCyT N°148/98: “Cada rendición de cuentas deberá ser aprobada por el Área Económico-Financiera de la Dependencia donde presta servicios el investigador “.

DOCUMENTACIÓN IMPORTANTE

Procedimiento para realizar el alta patrimonial de libros en la biblioteca

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Consignación de lugar físico de bienes

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Guía de rendición contable 2023

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Guía de rendición contable 2022

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Manual de usuario Weke

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Procedimiento para expediente por altas patrimoniales

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